20 dic 2011

Pierden la demanda que presentaron contra español por crear software P2P

SUBIDO POR Naryzona on 11:10



Pablo Soto, pionero español de tecnología P2P, ha ganado la demanda que Warner Music Spain S.A, Universal Music Spain S.A, EMI Music Spain S.A, Sony BMG Music Entertainment S.A y Promusicae presentaron contra él en junio de 2008 por crear los programas P2PBlubsterPiolet y Manolito argumentando los demandantes entre otras estupideces que los desarrolló “con evidente ánimo de lucro” y con “una conducta parasitaria” para obtener beneficios de las obras de terceros.
Así lo acaba de comunicar David Bravo, abogado especialista en propiedad intelectual que se ha ocupado del caso junto a su compañero Javier de la Cueva. En el comunicado de Bravo sobre el fallo, se puede leer que:
La sentencia, del Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid, desestima íntegramente la demanda y condena en costas a las demandantes.
La demanda, que llegó a calificar las herramientas objeto del procedimiento como “armas de destrucción masiva” y a Pablo Soto como “el gran traidor de la causa P2P”, adjuntaba hasta nueve periciales para acreditar sus tesis. Sin embargo, tras varios años de procedimiento y un juicio que duró un total de 15 horas, la sentencia coincide plenamente con la postura jurídica sostenida por la defensa argumentando que el desarrollo de una tecnología que puede ser usada por particulares para el intercambio de música no es una infracción de propiedad intelectual. El Juzgado, que pese a lo manifestado por las demandantes considera que la actividad de Pablo Soto y sus empresas era aboslutamente transparente, considera además que ha quedado acreditado que los demandados no almacenaban ningún archivo musical y que “las sentencias firmes hasta la fecha” coinciden en manifestar que “en ningún caso [es una infracción] el mero hecho de facilitar esa conducta” de intercambio de música.
Las discográficas con Promusicae a la cabeza -la asociación que representa a parte de la industria discográfica de España-, le reclamaban a Pablo Soto 13 millones de euros al considerar que sus programas P2P son “para el intercambio ilegal entre particulares de música protegida” y estimar que los mismos les habían generado unas pérdidas a las discográficas por esa desorbitada cifra.
Pero el juez Antonio Martínez-Romillo Roncero ha desestimado la demanda, absuelto a Soto de todos los cargos y fijado que los demandantes deberán cargar con las costas del juicio, al considerar que no hay infracción de la propidad intelectual alguna por parte de los programas creados por el acusado ya que la red P2P demandada cumple una “función técnica totalmente neutra” para intercambiar archivos entre particulares. Además en la sentencia se recalca que sólo desarrolló un “software que sirve para el intercambio” de archivos.
El fallo es muy importante ya que como bien explica el abogado Bravo en su comunicado:
El caso Soto mantiene relevancia internacional ya que se enmarca dentro de la estrategia global de litigio seguida por las multinacionales contra cualquier desarrollador de tecnología que consideren perjudicial para sus intereses. El caso es seguido de cerca por estudiosos de todo el mundo y plantea judicialmente la tensión que se produce entre los desarrolladores de software y las multinacionales que ostentan la propiedad intelectual de los contenidos, pretendiendo éstas controlar todos los canales de difusión.
Sin duda, es momento de celebrar. La demanda contra Pablo Soto fue la primera presentada en España contra un desarrollador de tecnologías P2P y de haberse perdido se hubiera sentado un peligrosísimo precedente jurídico por el cual los capos del copyright hubieran podido arremeter legalmente contra otros desarrollandores con todo lo que eso conlleva (principalmente, freno a la innovación tecnológica y la libertad). Afortunadamente ha ocurrido lo contrario y gracias a este fallo los creadores de software podrán seguir con sus actividades mucho más tranquilos ya que con esta sentencia firme será bastante más complicado para la discográfica o sociedad de turno ganar una posible demanda similar.
Solamente me queda felicitar a Pablo Soto por su valentía -desde el principio tuvo claro que no se iba a plegar ante los ataques de la industria- y a David Bravo y Javier de la Cueva por otra vez más haber logrado una senteica que repercutirá positivamente en todos.

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